EL COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DEL MAR Y SUS RESPONSABILIDADES EN LA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS INTERES
- observatorioestrat
- 5 sept 2020
- 34 Min. de lectura
Actualizado: 10 nov 2020

EL FRENTE DE APOYO AL ISSFA Y FF.AA.-GUAYAS Y EL OBSERVATORIO ESTRATÉGICO DE LOS INTERESES NACIONALES SEMINARIO MARÍTIMO EL GOBIERNO, SU COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DEL MAR, Y SU (IN) CAPACIDAD PARA GESTIONAR LOS INTERESES MARÍTIMOS DEL ECUADOR 25-agosto-2020 Livio Espinoza Humberto Gómez Raúl Hidalgo Alberto Molina Willington Rentería Fernando Rosero Oswaldo Sarmiento Además de: Otros miembros del Frente de Apoyo al ISSFA y FF.AA.-Guayas y del Observatorio Estratégico de los Intereses Nacionales. Correo electrónico observatorioestrategicodin@gmail.com Facebook Observatorio Estratégico de los Intereses Nacionales Canal de YouTube Observatorio Estratégico de Intereses Nacionales Página Web https://observatorioestrat.wixsite.com/website
Resumen
El Observatorio Estratégico de los Intereses Nacionales y el Frente de Apoyo al Instituto de Seguridad de las Fuerzas Armadas y a las Fuerzas Armadas -Guayas, con el fin de contribuir al entendimiento ciudadano sobre la importancia de tener una visión estratégica oceánica como nación, que mire al mar como una fuente de desarrollo, teniendo encuentra el balance que debe existir, entre, explotación de los recursos en especial de los peces y la conservación de los mismos; y frente a los acontecimientos públicos y notorios sobre la pesca recurrente desde hace varios años por parte de grandes flotas de varias banderas, la más importante de bandera China, en las fronteras marítimas continental e insular; nos llevó a preguntarnos ¿El país está organizado y en capacidad de controlar, vigilar y denunciar sobre infracciones en alta mar de pesca ilegal, no declarada y no reglamentada?, así encontramos que existe un Comité Interinstitucional de Mar que tiene que ver con la respuesta, que el gobierno no lo activó para enfrentar el problema, más bien recurrió a formar una comisión compuesta por dos prestigiosos ambientalistas, sin tomar encuentra los demás actores. Para aclarar el tema se organizó el seminario online vía plataforma Zoom, el 25 de agosto de 2020, con el título: “EL GOBIERNO, SU COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DEL MAR, Y SU (IN) CAPACIDAD PARA GESTIONAR LOS INTERESES MARÍTIMOS DEL ECUADOR”, con la participación de dos muy reconocidos especialistas.
Hemos creído pertinente realizar un documento por cada expositor, a continuación, el segundo:
EL COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DEL MAR Y SUS RESPONSABILIDADES EN LA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS INTERESES MARÍTIMOS. (Gómez, Humberto. 2020)
1. El Comité Interinstitucional del Mar, CIM.
La Armada del Ecuador, a través de la Dirección General de Intereses Marítimos, DIGEIM, entre el año 2007 y el 2008, diseñó una figura estatal de alto nivel que tenía las funciones de coordinar y articular la gestión del mar, a través de los diferentes usos del mar que los ecuatorianos podían identificar y definir, en los diferentes espacios marítimos, jurisdiccionales y no jurisdiccionales, en donde se encontrasen los intereses marítimos de la Nación ecuatoriana; siendo esta visión anticipada a su tiempo, puesto que aún Ecuador no se había adherido a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, CONVEMAR, pero ya había estructurado los principios rectores de los intereses marítimos ecuatorianos y la visión oceanopolítica que, con ligeros cambios, hasta la fecha prevalecen.
Esta figura que se denominó Comité Interinstitucional de los Asuntos Marítimos, CIAM, tuvo una propuesta de creación mediante Decreto Ejecutivo y un Reglamento; el CIAM estaba adscrito a la Vicepresidencia de la República como un factor de fortaleza que le permitiría tener una mejor coordinación y articulación, sin necesidad de lidiar con los problemas de las estructuras jerárquicas estatales y le daba un estatus y horizonte que le permitiría llevar a cabo sus tareas, las qué básicamente tendrían que ver con la gestión eficiente y sostenible de los usos del mar, para lo cual se consideraba la participación de algunos de los elementos constitutivos de la Armada del Ecuador, que para la época conocían y ejecutaban los aspectos relacionados con los intereses marítimos nacionales y la autoridad marítima.
En el año 2008, junto con las políticas oceánicas y costera que la DIGEIM diseñó luego de un proceso de participación de importantes actores sociales, políticos, económicos y técnicos relacionados con el mar, se entregó el concepto del CIAM y con ella la propuesta de Decreto y Reglamento a la SENPLADES, en una presentación que se llevó a cabo el 26 de marzo de 2008. Años más tarde, la SENPLADES gestionó ante la Presidencia de la República la promulgación del Decreto Ejecutivo Nro.990, de 29 de diciembre de 2011, la creación del Comité Interinstitucional del Mar, CIM, que recogía los fundamentos y conceptos diseñados por el equipo de la DIGEIM de 2008, lo que se ve reflejado, con algunas modificaciones producto de la particular visión del pensamiento político del gobierno de la época, en el siguiente articulado del Decreto:
En el Artículo 1, del referido Decreto, dispuso:
El presente decreto ejecutivo tiene como objetivo articular las acciones que desarrollan las distintas instituciones del Estado en relación con el mar, adaptándolas a la nueva estructura democrática del Estado, lo cual permitirá un sistema coherentemente articulado de permanente y continua colaboración interinstitucional, en armonía con los preceptos constitucionales y legales.
En su Artículo 2, se explica el propósito de su creación:
Créase el Comité Interinstitucional del Mar, como ente de aprobación de política pública intersectorial del mar, articulación y seguimiento, en el marco de la planificación y desarrollo nacional.
En su Artículo 3 constan seis instituciones estatales que lo conforman, con el nivel de ministerio, como son:
1. Secretario(a) Nacional de Planificación y Desarrollo o su delegado permanente, quien lo preside.
2. Ministro(a) Coordinador de Patrimonio o su delegado permanente.
3. Ministro(a) Coordinador de Sectores Estratégicos o su delegado permanente.
4. Ministro(a) Coordinador de Talento Humano o su delegado permanente.
5. Ministro(a) Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad o su delegado permanente.
6. Ministro(a) Coordinador de Seguridad Interna y Externa o su delegado permanente.
En este Decreto se crea la figura del Secretario Técnico del Mar, que es la máxima autoridad de la Secretaría Técnica del Mar, cuyo nombramiento es una potestad del CIM, sobre una terna que debía presentar la SENPLADES. El secretario actúa como secretario del Comité, lo que significa que tiene rango de “subsecretario”. En ese orden de cosas, también, se asigna a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo la “(…) representación legal, judicial y extrajudicial del Estado ante órganos o instituciones nacionales o internacionales sobre asuntos relacionados al campo del desarrollo e intereses marítimos (…)” y en el Artículo 4 se detallan las atribuciones del Comité Interinstitucional del Mar:
1. Aprobar y coordinar la política nacional relativa al espacio marítimo.
2. Planificar la política nacional para el desarrollo de los intereses marítimos del Estado.
3. Vigilar que la cooperación interministerial para temas del territorio marino costero guarde concordancia con la política intersectorial establecida.
4. Establecer políticas que permitan armonizar las actividades de las direcciones, institutos y otros organismos nacionales, relacionados con el espacio marítimo, a efectos de definir sus competencias y evitar superposición de atribuciones.
En el Artículo 5 del Decreto 990 se crea otra figura que es la de la Secretaría Técnica del Mar, SETEMAR, adscrita a la SENPLADES, a la que se asigna autonomía administrativa y financiera, con la que debió coordinar las acciones tendientes a la “(…) implementación y el seguimiento de la política de desarrollo del territorio marino costero “, para lo cual, mediante el Artículo 6 del referido Decreto, se le entregaban las siguientes atribuciones:
1. Coordinar de manera integral las políticas nacionales atinentes a la problemática del espacio marino.
2. Efectuar estudios relacionados al desarrollo del espacio marino - costero.
3. Realizar seguimiento y monitoreo de las actividades que desarrollen las instituciones públicas en el espacio marino, con la finalidad de verificar que se enmarquen dentro de las políticas nacionales definidas.
4. Articular la ejecución de sus planes, programas, proyectos con las diferentes instituciones, para asegurar la adecuada implementación de la política nacional del espacio marino sistematizado de información recabada.
5. Otras que le asigne el Comité Interinstitucional del Mar y la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo en el ámbito de sus competencias.
A pesar de las recomendaciones[1] de la Armada del Ecuador, respecto a las dificultades que podría tener la ejecución del Decreto 990, fundamentalmente por los errores de estructura, comenzando por el hecho de no tener la suficiente jerarquía para tratar temas muy complejos, que requerían conocimiento, experiencia y, sobre todo, la habilidad de amalgamar a todos los actores del quehacer marítimo, igualmente se ejecutó, con autoridades nombradas desde la perspectiva política, sin el perfil descrito y como una consecuencia de la visión política gubernamental, sin entender realmente la complejidad estructural que estaba involucrada, llegando al punto que fue necesario acordar un documento para la delimitación de los espacios marítimos en concordancia con la CONVEMAR.
Es así como el 19 de septiembre de 2012 finalizó[2] el proceso de firma del “CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL, MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO E INTEGRACIÓN Y LA SECRETARÍA TÉCNICA DEL MAR PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE DELIMITACIÓN DE ESPACIOS MARÍTIMOS ACORDE CON LA CONVEMAR”. Así mismo, ya se daban las primeras alertas con relación a la composición del CIM, que excluían a la Cancillería y al Ministerio de Defensa en las decisiones que se debían tomar para la coordinación y articulación de los temas del mar, de hecho, con el Oficio Nro. MDN-MAR-005-R, de 30 de septiembre de 2012, desde la Asesoría de Asuntos Marítimos del Ministerio de Defensa Nacional se evidenció esta grave falencia.
La insistencia sobre la ausencia de la Cancillería y Defensa, finalmente, fue tomada en cuenta cuando fue eliminada la SETEMAR, a través del Decreto Ejecutivo Nro. 923, de 22 de febrero de 2016, es decir, después de 4 años, 1 mes y 30 días, los errores de estructura eliminaban a la Secretaría; no obstante, la incomprensión de los temas del mar persistían, al subordinar al CIM a la SENPLADES, en cierto modo bajándole de nivel, conservando los mismos defectos de su creación y sin una línea de gestión apropiada para que el CIM superviva, de hecho, han pasado, hasta la actualidad, 4 años y seis meses y su existencia es desapercibida y cuando tenía que actuar en el tema de los buques pesqueros, en la alta mar, cerca de las islas Galápagos, ni siquiera se reunió, porque su estructura aún está en discusión, una evidencia más de que el gobierno, ni sus estamentos han entendido el valor de su existencia.
La SETEMAR tuvo un problema estructural desde su creación, cuando se permitió la existencia de dos enfoques paralelos para la gestión del mar y el desarrollo de los Intereses Marítimos; el primer enfoque tenía que ver con que el CIM como una figura que se constituía dependiendo de la disponibilidad de los ministros coordinadores o sus delegados, lo que generaban espacios grises en la gestión e interferencias; además, que los miembros del CIM carecían del conocimiento necesario para entender, a cabalidad, los temas tratados; el segundo enfoque era la propia gestión de la SETEMAR, ya que era un órgano que actuaba para ejecutar sus propias acciones, pero dependía de las decisiones del CIM, las que no siempre estaban argumentadas, ni eran debidamente canalizadas, menos aún comprendidas y peor, suficientemente analizadas.
En otros países, la coordinación y la articulación de la administración de la gestión del mar lo realiza un comité estructurado, liderado por un secretario; acá es un comité que es administrado por una entidad estructurada, en primer lugar fue por la propia SETEMAR y ahora, por la SENPLADES, en la que no se incluyeron a tres actores sustantivos, Cancillería, Defensa y al sector privado; a ello hay que agregar que el gestor del conocimiento tampoco tenía idea de las líneas de investigación marina y menos aún las incluía en sus planes. Sin el conocimiento no es posible estructurar ningún plan, no se puede desarrollar, ni defender, lo que no se conoce, algo que un país como Chile (Zanelli, 2017), lo tiene claro cuando evidencian que:
La diversidad de tareas que le ha correspondido desarrollar en el tiempo al Comité Oceanográfico Nacional (CONA) y la importancia que ha adquirido en el desarrollo de las ciencias del mar en nuestro país, confirman la acertada visión que tuvo el legislador, al establecer este organismo coordinador de las actividades científico-marinas a nivel nacional.
Para un país de características eminentemente marítimas, como es el nuestro, el conocimiento del ambiente marino es fundamental para asegurar la prosperidad de las generaciones actuales y futuras y la sustentabilidad de sus ecosistemas. Ello sólo puede lograrse mediante un sistemático esfuerzo de investigación científica, no sólo por la inmensidad de nuestros espacios oceánicos y aguas interiores, sino por la infinitud de lo que nos queda por investigar.
El CIM debe tener una renovación en cuanto a su nivel, retornando a la idea original, de estar al más alto nivel de la organización política nacional y, al mismo tiempo, teniendo una capacidad de gestionar elementos de alto desarrollo tecnológico, de construcción de capacidades, generación de conocimiento sobre el mar, inmerso, todo ello, en un importante proceso de I+D+i, que en palabras amplias implica Investigación, desarrollo e innovación, que aunque no se visibilice y no se tome en cuenta aún sobre su importancia, tienen, que aunque no se visibilice y no se tome en cuenta aún sobre su importancia, tienen fundamentales componentes de ciencia y tecnología aplicados para el avance de la sociedad y, en el presente caso, de la sociedad ecuatoriana, frente al insoslayable desarrollo de sus intereses marítimos.
En la ejecución de las atribuciones del CIM, el conocimiento respecto a los conceptos que definen la primera línea base de gestión del uso del mar resultó confusa para sus ejecutores, sobre todo porque no pudieron identificar a tiempo quiénes debían asumir la rectoría y liderazgo en determinadas tareas; esta situación fue evidente en la primera etapa de existencia del CIM, en la que, además, prevaleció el concepto político gubernamental adverso respecto a la participación de las Fuerzas Armadas, esta situación incidió negativamente sobre el correcto desempeño de un CIM que ya nació limitado desde su creación, razón por la cual fue necesario recibir un fuerte apoyo desde el ya referido Convenio Tripartito.
Tanto la DIGEIM, como el Instituto Oceanográfico de la Armada, INOCAR, como la Asesoría de Asuntos Marítimos del Ministerio de Defensa, de la época, apoyaron a la gestión de la SETEMAR en los temas más complejos que conformaban la línea base de gestión del uso del mar, sobre todo porque había y aún hay limitación en el conocimiento de varios aspectos sustantivos de la misma y de especialistas que puedan tratarlos en forma integrada y sistémica, entendiendo la necesidad urgente de fortalecer la conciencia marítima. En ese sentido, entre otros de importancia, se identificaron los siguientes aspectos que son imprescindibles para una adecuada ejecución de las responsabilidades del CIM y que en sus tres etapas de existencia no se lograron desarrollar apropiadamente:
La importancia del mar;
Las dimensiones del mar;
El territorio marítimo ecuatoriano;
El ordenamiento espacial marino-costero;
Los intereses marítimos;
La gobernanza y gobernabilidad del mar;
La investigación científica como fundamente del conocimiento del mar
2. La importancia del mar
En el Siglo XXI, los mares y océanos configuran una importancia superlativa para la supervivencia y desarrollo del hombre; con especial énfasis para los Estados ribereños, sean éstos desarrollados o no, ya que cada uno, en sus respectivas circunstancias, caracterizan necesidades distintas, pero concurrentes, debido a la principal característica que tiene el mar, su continuidad global. Las necesidades referidas decantan en una gestión del uso del mar, especialmente en el aprovechamiento sostenible de los recursos vivos y no vivos, que se encuentran en los espacios marítimos jurisdiccionales y en los no jurisdiccionales, que definen los intereses que tienen dichos Estados en el mar, es decir, que caracterizan los Intereses Marítimos Nacionales.
Los océanos ocupan el 71% de la superficie de la Tierra; para su subsistencia, aproximadamente, tres mil millones de personas dependen directamente de la biodiversidad marina y costera; por otra parte, los océanos absorben el 30% del dióxido de carbono (CO2) que se genera en la atmósfera (ONU, 2017); proveen, por lo menos, el 50% del oxígeno[3] que respiramos (NatGeo, 2019), absorben el más del 93% del calor que las actividades humanas han generado desde 1950 (ONU, 2016); así mismo, de toda el agua que vemos, el 97% proviene de los océanos, el 2% del hielo y el 1% del agua dulce; los océanos contienen el 80% de las fuentes de minerales de la Tierra; proveen 170 millones de empleos en el mundo y el 60% de la proteína que requieren los países en desarrollo que están en las zonas tropicales.
Algunos estudios demográficos apuntan a que, entre el 38% y el 50% de la población global vive a menos de 100 km, de la costa[4] (ONU, 2017); el 90% del comercio del mundo se mueve por las rutas marítimas; mil millones de habitantes viven en comunidades pobres, con conexiones directas al mar; muchos medicamentos que ayudan a la humanidad a combatir el cáncer, alzheimer, artritis, enfermedades del corazón y en nuestro contexto regional, Ecuador está a la vera del océano más grande[5] del planeta, el Pacífico, y su cuenca oceánica alberga varios factores significativos para su desarrollo marítimos, comenzando por las oportunidades comerciales con los países de la orilla occidental (Países Asiáticos), recursos vivos y no vivos y, también, en la cuenca de más alto riesgo sísmico y tsunamigénica, el “Cinturón de Fuego del Pacífico”.
3. Las dimensiones del mar
Desde la antigüedad el hombre ha interpretado su percepción de las costas y el mar subyacente en esquemas bidimensionales que configuraron las cartas náuticas; no obstante, la evolución y la tecnología le hizo comprender que esta representación cartográfica, ciertamente útil, no representaba toda la realidad de los espacios marítimos; que incluso, no caracterizaban realidades que el “territorio marítimo” tenía desde la perspectiva del usuario permanente, quien, poco a poco, evidenciaba las dimensiones (BOEM-NOAA, 2020) del mar[6] y sus recursos, conforme sus sentidos lo delataban, incluso las realidades que emergían del significado que el propio conocimiento de esos espacios ofrecían al ser humano para su desarrollo, comprendió entonces la multidimensionalidad del mar (NOAA, 2014).
En el proceso de la evolución oceanopolítica del pensamiento del hombre y sustentado en el cada más creciente y complejo conocimiento del mar, se visualizan varias dimensiones de los espacios marítimos (Gómez, 2015), partiendo desde aquella bidimensional (Figura 1) observada desde un punto de la playa; luego, cuando se sumerge bajo el agua, se observar una tercera dimensión y, más tarde, cuando ha apreciado las relaciones con la atmósfera suprayacente y, sobre ella, el espacio aéreo y más arriba aún, el espacio exterior, comenzamos a entender su cuarta dimensión y, finalmente, cuando todo eso es traducido a información, en geodata y geoinformación, que configura el conocimiento, el cual es valorado, nos encontramos con la quinta dimensión del mar, tal vez, la de mayor costo y la más sensible de todas (Gómez, 2012).

Figura 1. Las cinco dimensiones del mar.
4. El territorio marítimo ecuatoriano
Ecuador es un país con una posición privilegiada, a la vera suroriental del océano Pacífico, ya que se encuentra en la latitud 0°, y desde esa posición equinoccial, tiene una proyección hacia muchos espacios de oportunidad globales, en muchos sentidos. No obstante, la percepción de los ecuatorianos es que Ecuador es un país geográficamente pequeño, esto se debe a que, en su gran mayoría, sólo toman en cuenta su extensión territorial terrestre[7], que es de 257.217 Km2, pero no toman en cuenta que el territorio nacional es la suma del territorio terrestre más el territorio marítimo[8], este último es concebido como parte sustancial de la mayoría de las visiones oceanopolíticas suramericanas, destacándose, para este efecto, el de Ecuador, a través de su “Mar Equinoccial” (Gómez, 2004); (MIDENA, 2018); (MIDENA & CANCILLERÍA, 2017); (Gómez & Pérez, 2018).
La definición de “Territorio Marítimo” es un concepto legítimo que, como Estado ribereño soberano, ha promulgado Ecuador, según su visión oceanopolítica y de acuerdo con sus Intereses Marítimos, lo cual se ve reflejada en la definición que consta en la “Carta Didáctica del Territorio Marítimo del Ecuador” (Figura 2):

Figura 2. La carta didáctica del territorio marítimo del Ecuador.
Son todos los espacios marítimos jurisdiccionales, en donde el Estado ecuatoriano ejerce soberanía, derechos de soberanía y jurisdicción, con el fin de garantizar su gobernanza y gobernabilidad, el desarrollo de los Intereses Marítimos Nacionales y la protección y defensa de su soberanía e integridad.
Ahora bien, el territorio marítimo ecuatoriano tiene tres aspectos sustanciales que es necesario tomar en cuenta; el primero, en la actualidad está constituido por todos los espacios marítimos definidos por la CONVEMAR, excepto lo que sumaría luego con la extensión de la plataforma continental de conformidad con el artículo 76 de la Convención (CLCS, 2012), esto quiere decir que, para el año 2020, Ecuador tiene un territorio marítimo de, aproximadamente, 1.092.140 Km2 y un territorio terrestre de 257.217 Km2, lo que determina un territorio nacional de, aproximadamente, 1.349.357 Km2, lo que implica que su territorio marítimo es 4,3 veces su territorio terrestre. El problema es que muy pocos conciben un espacio geográfico tan amplio y no meditan sobre su posición privilegiada en el Pacífico; no evalúan la magnitud de sus recursos vivos y no vivos y menos aún han caracterizado a sus intereses marítimos nacionales.
Segundo aspecto, Ecuador, de acuerdo a la CONVEMAR podrá extender la extensión de sus espacios marítimos jurisdiccionales a través de la extensión[9] de su plataforma continental, una vez que caracterice las cordilleras submarinas de Carnegie, Coco y Colón; esto ocurriría cuando, a partir del 2022, hasta el año que fuere posible presentar ante la Comisión sobre Límites de la Plataforma Continental de la ONU, CLCS[10], los argumentos científicos y técnicos mediante los cuales demostrará sus derechos de soberanía sobre una extensión total de aproximadamente, 260.000 Km2, es decir, la extensión aproximada del actual territorio terrestre, lo que implicaría que para el futuro Ecuador podría tener una extensión de su territorio nacional de, aproximadamente, 1.615.657 Km2, lo que significaría que su territorio marítimo será 5,3 veces su territorio terrestre (Figura 3).

Figura 3. Ecuador es un Estado ribereño con un territorio marítimo 5.3 veces mayor que su territorio terrestre.
Tercero, el territorio marítimo ecuatoriano configura una parte de los intereses marítimos nacionales; no obstante, no configura a todos los intereses que el Estado tiene en el mar, por un legado ancestral de la Nación ecuatoriana, motivada por su posición privilegiada en el océano Pacífico, aunque esa visión haya venido a menos en los siglos XX y XXI, por un limitado impulso de la conciencia marítima, la que nos obliga a ver más allá de los espacios marítimos jurisdiccionales y nos lleva a ver allende los espacios marítimos no jurisdiccionales, en la alta mar, en los fondos marinos, en la Antártida y en donde la Nación defina al Estado y ordene a los gobiernos que deba estar la ecuatorianidad, usando el mar en forma sostenible y racional, para beneficio de los ecuatorianos, en el presente y en el futuro, configurando el Poder Marítimo del Estado ecuatoriano, basado en los Intereses Marítimos que demanda la Nación.
5. El ordenamiento espacial marino-costero
En tierra es posible ver los problemas generados por la ocupación y uso desordenado del suelo y, consecuentemente, es factible planificar una forma más eficiente de ordenarlo, para que los usos que se le den sean sostenibles y más productivos; no obstante, en los espacios marítimos, las cosas son distintas y más complejas, porque la naturaleza del agua y los espacios geográficos sumergidos, tienen una interrelación simbiótica con los ecosistemas marinos, con el medio marino, los recursos marinos vivos y no vivos, y la producción de los servicios ecosistémicos vitales para la vida y las actividades de los seres humanos. Estas interrelaciones no son fáciles de ver, menos aún de planificar, porque requieren, ante todo, conocimiento del mar y capacidad de gestión, que es un proceso combinado de experiencia e investigación continua.
En la actualidad, la presión que existe en tierra para la obtención de una cantidad, cada vez más creciente, de recursos naturales, que son empleados para satisfacer las necesidades vitales de la humanidad, situación que se ha agravado con la inquietante problemática de la pandemia del Sars Cov 2, ha empujado a muchos Estado a forzar los límites más allá de la sostenibilidad, debilitando a los ecosistemas, deteriorando el medio ambiente, encareciendo los procesos productivos y limitando seriamente la cantidad de recursos naturales; ante esta crítica situación, han empujado a muchos Estados a zonificar algunos espacios marítimos y destinarlos a algunas actividades humanas, como la obtención de gas y petróleo; la construcción de infraestructuras para la generación de energías renovables; el transporte marítimo; las piscifactorías; el procesamiento y eliminación de residuos; la pesca, etc.
Estos procesos de asignación de espacios marítimos para estas y otras actividades, basados en procesos de toma de decisiones improvisados, reactivos, sin planificación, no prospectivos, ni resilientes, se los han realizado de forma aislada y sin observar las interrelaciones vitales que existen entre ellas, sin considerar sus efectos sobre el ambiente y ecosistemas marinos, trayendo 1) conflictos producidos entre usos humanos y, 2) conflictos entre usos humanos y medio marino (UNESCO, 2009), produciendo un progresivo agotamiento de los océanos para generar los servicios ecosistémicos vitales para el ser humano y las demás formas de vida planetarias; es decir, un proceso de deterioro muy peligroso y que, en un, punto, puede llegar a ser irreversible.
Con estos antecedentes fue necesario romper el paradigma de la improvisación con relación a la asignación y el uso indiscriminado de los espacios marítimos por parte de los Estados ribereños, creando una organización racional para el uso de esos espacios, a través de la planificación, estructurando una normativa, al más alto nivel político posible, a través de políticas, con objetivos ecológicos, económicos y sociales, de conformidad con el siguiente concepto que da la UNESCO (Figura 4):
La planificación espacial marina (PEM) es un proceso público para analizar y asignar la distribución espacial y temporal de las actividades humanas en zonas marinas para alcanzar objetivos ecológicos, económicos y sociales que normalmente se especifican por medio de un proceso político.

Figura 4.Guía de la UNESCO para la planificación espacial marina.
6. Los intereses marítimos
La complejidad del mar y sus dimensiones; la variedad de los recursos marinos y la importancia vital que tienen para la vida del hombre y la visión que los pueblos tienen respecto al mar, cada uno, conforme a sus situaciones y circunstancias, finalmente, definen los intereses marítimos, que pueden variar de un Estado a otro y, de hecho, en Sudamérica, las definiciones varían, por ejemplo, entre Colombia, Ecuador y Chile, como ocurre, también con los otros países. Entonces, los Intereses Marítimos (Figura 5), en el caso de Ecuador aún no han sido definidos desde el más alto nivel del Estado, sino que ha venido desde la visión pionera de la Armada del Ecuador y su enorme esfuerzo por cumplir con su responsabilidad de resguardarlos. Desde la perspectiva del “Mar Equinoccial”, los Intereses Marítimos fueron definidos por la Armada en el 2018, a través de la Dirección General de Intereses Marítimos[11], como:
Son todas aquellas actividades y recursos vivos y no vivos, que el Estado y la Nación, desarrollan, poseen y visualizan como vitales, en los espacios marítimos sujetos a su soberanía, derechos de soberanía y jurisdicción nacional y en la alta mar, fondos marinos y la Antártida; los que, en su conjunto, representan factores fundamentales para su desarrollo y seguridad, en los campos político, económico, social y estratégico.
Consecuentemente, Ecuador definió sus Intereses Marítimos caracterizados en seis grupos: 1) conciencia marítima; 2) investigación marítima; 3) complejo geomarítimo; 4) economía marítima; 5) organismos y tratados internacionales y, 6) sistema de marina mercante. Estas definiciones deben ir de la mano de una capacidad de coordinar y articular a los organismos estatales con el sector privado, basados en un conocimiento holístico del mar, para lo cual el desarrollo de procesos I+D+i, además de sistemas clusterizados y canalizados de oportunas, apropiadas y eficientes directrices y políticas oceánicas y costeras, permitirán la configuración de la gobernabilidad compatible con la gobernanza de mares y océanos que propugna el mundo, como factor fundamental para lograr la sostenibilidad en el uso de los recursos y la integralidad en el desarrollo social, económico y medioambiental (ONU, 2020).

Figura 5. Intereses marítimos ecuatorianos.
7. La gobernanza y gobernabilidad del mar
Es muy complicado visualizar el verdadero significado de la gobernanza de los mares y océanos, si antes no entendemos el alcance del concepto de sostenibilidad que está implícito; de ahí que, la Agenda 2030 para el desarrollo sostenible de la ONU, a través del objetivo 14, relacionado con “Conservar y utilizar sosteniblemente los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible”, nos motiva a pensar sobre lo que implica el desarrollo sostenible, concepto que la ONU, lo deja en los siguientes términos (ONU, 2020):
El desarrollo sostenible se ha definido como el desarrollo capaz de satisfacer las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para satisfacer sus propias necesidades.
Entonces, la importancia de la gobernanza de los mares y océanos radica en usar sosteniblemente los recursos marinos, en el mayor plazo posible, cumpliendo las normas existentes y las que vendrán, como por ejemplo, la CONVEMAR, la que define un ordenamiento espacial, tanto horizontal, como vertical, cuando determina los espacios marítimos, atendiendo principios de conservación de los recursos y de protección del medio marino, a través de una coordinación y articulación eficiente de actores, medios y capacidades, conscientes de que cualquier alteración del equilibrio, derivará en problemas para los ecosistemas, el medio marino y, desafortunadamente, para el ser humano, porque limitará sus capacidades de desarrollo sostenible y comprometerá seriamente, dependiendo de la magnitud de los errores, su supervivencia futura.
Por lo tanto, hablar de la gobernanza de los mares y océanos implica la coordinación y articulación de los diversos usos del mar, a través de una eficiente protección integrada del medio marino y las acciones necesarias para sostener a los ecosistemas, a la biodiversidad y a sus estructura y funciones, basada en reglas internacionales globales, soportadas en acciones regionales, las que, a su vez, están soportadas en principios y marcos legales nacionales y políticas integradas, que constituyen principios de gobernabilidad estatal (Pyć, 2016). La Unión Europea que ha compilado un conjunto de buenas prácticas en ese sentido, define a la gobernanza internacional del mar como:
La gobernanza internacional de los océanos consiste en gestionar y utilizar los océanos del mundo y sus recursos, manteniendo al mismo tiempo unos océanos sanos, productivos, seguros, protegidos y resilientes (Unión Europea, 2020).
En el contexto de la gestión internacional, la Unión Europea tiene claro que el 60% de los océanos están más allá de los espacios marítimos jurisdiccionales estatales y que eso no implica desentenderse de ese realidad, debido a que por una de las características fundamentales de los mares y océanos es su continuidad espacial, consecuentemente, eso se deriva en una responsabilidad internacional compartida en todos los aspectos relacionados con él, porque lo bueno o malo que haga un Estado ribereño en el mar, repercute sobre los demás Estados, evidenciando, además, que dentro de la CONVEMAR, como un macro jurídico internacional “(…) se han establecido una serie de derechos jurisdiccionales, instituciones y marcos específicos para organizar la utilización de esas aguas” (Unión Europea, 2020).
La gobernanza de los océanos, en el Siglo XXI, obligatoriamente establece una sinergia vital con la sostenibilidad del uso del mar, imponiendo límites y reglas relacionadas con la presencia del hombre en los espacios marítimos jurisdiccionales y no jurisdiccionales y su aprovechamiento de los recursos marinos que allí se encuentran, lo cual propicia:
a. la gestión basada en el equilibrio de la biodiversidad marina y costera;
b. la planificación y el ordenamiento espacial costero y oceánico;
c. el entendimiento del rol sustancial de la geoinformación para la toma de decisiones y mejoramiento de los sistemas;
d. la gestión para la coordinación, articulación y soporte;
e. la capacidad de resiliencia y adaptación a los cambios climáticos, desastres naturales y vectores antropogénicos de contaminación grave;
f. la cooperación regional para la protección y restauración de los ecosistemas;
g. la calidad del agua y la gestión para las prácticas de sostenibilidad en tierra;
h. la identificación de los cambios en las zonas polares, Ártico y Antártica;
i. la caracterización de los espacios marítimos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, que configuran el conocimiento del mar, basado en la investigación científica y técnica.
Para Ecuador, en el contexto de la sostenibilidad y de una eficiente gobernanza marítima, entendiendo que su territorio marítimo implica bastos espacios en el océano Pacífico Suroriental con considerables recursos vivos y no vivos y que sus intereses marítimos trascienden allende de sus fronteras en distintas direcciones, es indispensable contar con un marco jurídico y normativo internacional, traducido en convenciones, acuerdos, resoluciones, directrices e iniciativas, las que, sustentadas con la experiencia y el conocimiento, se pueda usar, proteger y defender todos esos elementos que constituyen factores de desarrollo marítimo, supervivencia y proyección generadora de oportunidades para nuestro País; para ello, debemos contar con instrumentos, entre otros, como los que a continuación se detallan:
a. La CONVEMAR (1982)[12];
b. El Acuerdo Relativo para la Implementación de la Parte XI de la Convención[13] (1982);
c. El Acuerdo de Nueva York[14] (1995);
e. El Convenio MARPOL[17] 73/78;
f. El Acuerdo de París [18](2015);
g. La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, CMNUCC[19] (1992);
i. El Acuerdo sobre medidas del Estado Rector del Puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca INDNR oceánica[22] (2009).
j. El Código de Conducta[23] para una pesca responsable (1995).
k. Las convenciones constitutivas de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur, OROP-PS[24]; la Comisión Interamericana del Atún Tropical, CIAT; la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos de la Antártida, CAMMELAR[25] y la Comisión de Pesca del Pacífico Occidental y Central, WCPFC[26].
l. Los programas de la Organización Meteorológica Mundial, OMM, relacionadas con el mar, tal como el The Global Observing System, entre otros.
m. Las normativas y disposiciones de la Organización Marítima Internacional, OMI y de otros órganos técnicos mundiales que tienen que ver con la gestión del mar, como la Organización Hidrográfico Internacional, OHI; La Asociación Internacional de Ayudas a la Navegación Marítima y Autoridades de Faros, IALA; Comisión Oceanográfica Intergubernamental, COI, entre otros.
En este marco de normas, directrices, acuerdos, convenios, declaratorias, etc., que configuran el marco de la gobernanza global de los océanos, se derivan los procesos de gobernabilidad (Figura 7) que al interior de las estructuras estatales deben construirse, identificando a los actores que son autoridades, autoridades rectoras, actores estatales y actores privados, que coordinados y articulados, de conformidad con sus respectivas áreas de conocimiento y experiencia, determinan las mejores decisiones con relación a los distintos campos de gestión y uso del mar que un País puede desarrollar en función de sus intereses marítimos y de la visión oceanopolítica que fijan objetivos y políticas para su ejecución sostenible y productiva.

Figura 6. Gobernanza y gobernabilidad marítima.
Entonces, se configura un principio de gobernabilidad basado en los distintos usos del mar que un Estado puede concebir, según el nivel de conciencia marítima[27] que posea su Nación, para ello, una vez que han sido identificados dichos usos, cada elemento de la estructura del Estado, otros actores estatales y actores privados, verificarán sus responsabilidades directas o indirectas que tengan sobre cada uno de aquellos usos del mar, asumiendo la rectoría aquel que tenga una directa incidencia sobre su planificación, ejecución y control. Entonces, para que se pueda gestionar un uso del mar, cada uno de los que directa o indirectamente tengan que ver con el, realizará la validación del aspecto que le corresponda, respecto a que, si es idóneo o no y, finalmente, el rector emitirá la autorización para hacerlo[28].
8. La investigación científica como fundamento del conocimiento del mar.
La gestión sostenible del mar, la conservación de la biodiversidad y la protección del medio marino dependen, fundamentalmente, del conocimiento del mar y el camino para lograrlo es la investigación integral y cabal de los mares y océanos. Esta realidad fue tan evidente, que el 5 de diciembre de 2017, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO, proclamó el periodo 2021-2030 como el "Decenio de las Ciencias Oceánicas para el Desarrollo Sostenible" (UNESCO, 2019), con el propósito[29] de establecer un marco común que garantice que las ciencias oceánicas apoyarán al esfuerzo de los países a alcanzar los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.
Es importante reflexionar sobre el objetivo que se quiere alcanzar con el “Decenio”, que es entender que los temas del mar, en el presente Siglo y los que vendrán, son vitales para la humanidad y por esa razón, la relación entre la política y las ciencias oceánicas es más estrecha de lo que se piensa; por lo tanto, el nivel del conocimiento requerido obliga a los operadores del proceso a diseñar un nuevo visión de la gestión política, caracterizada por un alto nivel de conocimiento del mar y consciencia integral de su importancia para los pueblos; este cambio de paradigma fortalecerá la gestión y uso del mar, fomentando la cooperación internacional, motivando el desarrollo del I+D+i, en el marco de la economía azul y la construcción de capacidades idóneas para ese fin; es decir, hablamos de que los gestores de todos los procesos serán científicos, actores gubernamentales y privados de gran nivel académico y de gestión.
9. Ejemplos de organismos similares al CIM
En el tema de los órganos estatales capaces de realizar tareas similares a la del CIM, en la región podemos ver ejemplos interesantes como el de Colombia, con el Comité Colombiano del Océano, CCO; cuyo Objeto (CCO, 2020) es:
La Comisión Colombiana del Océano es un órgano intersectorial de asesoría, consulta, planificación y coordinación del Gobierno Nacional en materia de Política Nacional del Océano y de los Espacios Costeros y sus diferentes temas conexos, estratégicos, científicos, tecnológicos, económicos y ambientales relacionados con el desarrollo sostenible de los mares colombianos y sus recursos.
Y la Misión del CCO es:
Asesorar al Gobierno Nacional en asuntos marinos y costeros y en temas relacionados con la Política Nacional del Océano y de los Espacios Costeros – PNOEC, de manera planificada y coordinada con los diferentes organismos y entidades del Estado; con el propósito de generar conciencia y cultura marítima en los colombianos y contribuir al reconocimiento de nuestros océanos como un recurso de aprovechamiento sostenible para el desarrollo socio-económico de la Nación.
Uno de los más notables logros del CCO ha sido la generación del documento “COLOMBIA POTENCIA BIOCEÁNICA SOSTENIBLE 2030”, que fuera aprobada el 31 de marzo de 2020, por el Consejo Nacional de Política Económica y Social de la República de Colombia, Departamento Nacional de Planeación, el mismo que se basa en cinco ejes sustantivos: Gobernanza interinstitucional bioceánica; Soberanía, defensa y seguridad integral marítima; Conocimiento, investigación y cultura marítima; Ordenamiento y gestión de los espacios marinos, costeros e insulares, y Desarrollo de las actividades marítimas y los municipios costeros.
Brasil es otro ejemplo interesante, con la Comissão Interministerial para os Recursos do Mar – CIRM - (Comisión Interministerial para los Recursos del Mar) (CIRM), creada con el Decreto Nro. 74.557, de 12 de septiembre de 1974 y que hasta la fecha ha tenido varios cambios, producto de su evolución institucional y del pensamiento oceanopolítico del Estado brasileño, cuya Secretaría tiene por Misión[30] (MDB, 2020):
Actuar como elemento coordinador e articulador en la implementación de las decisiones de la CIRM, procurando fomentar la investigación, difundir el conocimiento científico, realizar el mantenimiento y la ocupación de áreas de interés nacional e orientar la exploración sostenible de los recursos vivos e no vivos en Amazônia Azul[31] y en la Antártica a fin de asesorar al Comandante de la Marina y al Coordinador de la CIRM y ejecutar las actividades pertinentes a los encargos técnicos y administrativos de la referida Comisión.
En los dos casos, si bien las entidades son administradas por oficiales de las respectivas armadas de Colombia y Brasil, sus autoridades son del más alto nivel jerárquico y responden ante el Ejecutivo, usando las estructuras institucionales castrenses como medios para el cumplimiento de sus tares, con un nivel de conocimiento y experiencia muy elevados y con coordinaciones fluidas con los otros órganos estatales que directa o indirectamente tienen que ver con la gestión del mar, sus diferentes usos, la gestión de sus intereses marítimo y la ejecución de sus visión oceanopolítica la Amazonia Azul. Hay otros interesantes ejemplos en el mundo, no obstante, hay uno en especial, que refleja la dinámica evolutiva de los países desarrollados en ese crucial tema, como Francia, que ha reinstalado su Ministerio del Mar (7 de julio de 2020), conforme las declaraciones de la flamante Ministra del Mar (Europa Azul, 2020):
Para llevar a cabo la estrategia marítima de Francia deseada por el Presidente de la República, Macron, el Ministerio del Mar reunirá a los actores del crecimiento azul, desde las industrias navales hasta los puertos y el transporte marítimo, incluida la pesca y la acuicultura. … también turismo, navegación, energía marina o biotecnología, así como todos los servicios asociados.
En ese contexto, El presidente del Grupo Marítimo Francés, Frédéric Moncany de Saint-Aignan, manifestó (Mundo Marítimo, 2020) que:
Esta esperanza ahora debe concretarse, rápidamente, en un momento en que la economía azul puede desempeñar un papel crucial en la recuperación y la soberanía francesa. Este ministerio del mar, para cumplir sus promesas, debe tener un perímetro, atribuciones y medios presupuestarios a la par.
El Ministerio del Mar debe poder actuar en todos los sectores que conforman el clúster marítimo francés. Un presupuesto de intervención es esencial para apoyar proyectos. «Para él, tendrá que colocarse en» un perímetro «mar y costa» «y permanecer» aliado con una Secretaría General esencial del mar.
El ejemplo de Francia es una respuesta a la visión oceanopolítica del Presidente Macron, en tiempos de Covid, es decir, es un pensamiento al más alto nivel y una respuesta contundente ante el clamor de una sociedad desarrollada como la francesa, que ve una oportunidad a través del fortalecimiento de los intereses marítimos franceses, lo que quedó claro con la intervención de Emmanuel Macron, en el plenario del Congreso del Mar de Francia, llevada a cabo el 3 de diciembre de 2019, cuando mencionó que “el Siglo XXI será marítimo y, además:
Una vez más, Francia ha decidido mostrar su apoyo a la economía marítima (transportes, construcción naval, pesca y náutica) en la decimoquinta edición del su Congreso Marítimo (Assises de l’economie de la mer) que se celebra este año en Montpellier, ciudad que tomó el relevo de Brest, donde se celebró el pasado año (El Canal, 2019).
10. Conclusiones
a. La coordinación, la articulación, la sostenibilidad y la visión oceanopolítica, son fundamentales en la gestión del CIM.
b. La estructura del CIM debe estar al más alto nivel de la organización del Estado, debe ser una parte esencial del Gobierno y con una visión hacia la economía y tecnología azules, y sustentado en la sostenibilidad de los procesos.
c. Para el funcionamiento del CIM deben asignársele los justos y necesarios presupuestos.
d. El CIM debe impulsar políticas oceánicas objetivas y pragmáticas, como un requerimiento sustancial para el desarrollo de los intereses marítimos.
e. El CIM debe coordinar la construcción de capacidades e impulsar la investigación científica y tecnológica marinas.
f. Es fundamental elevar la capacidad y el conocimiento de la gestión política, porque está claro que la componente de experiencia es importante, pero sin lo primero, no será posible llevar a cabo las tareas del CIM.
g. Los clústeres marítimos, la integración de las capacidades y la integración y participación del sector privado, dará un impulso sustantivo a la gestión que realice el CIM.
h. El Comité Interinstitucional del Mar tiene limitaciones graves en su concepto y estructura, que lo han incapacitado para cumplir con su rol sustantivo en el desarrollo marítimo de Ecuador.
i. Es urgente la reestructuración del CIM para lo cual, este Gobierno o el que vendrá el próximo año debe iniciar dicho proceso, si realmente visualiza un desarrollo de los intereses marítimos acorde a los desafíos del presente Siglo, ya que, en la actualidad, no hay la capacidad para que aquello ocurra.
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[1] Tanto la Dirección General de Intereses Marítimos de la Armada en el 2011, como juntamente con la Asesoría de Asuntos Marítimos del Ministerio de Defensa Nacional en el 2012, 2013 y 2014, insistieron reiteradamente los problemas de sus estructuras y jerarquía, además de la ausencia de personal calificado en la estructura del CIM. [2] Después de tres meses de gestión, el último en firma fue el Canciller de la época. [3] Los procesos de producción de oxígeno en los mares y océanos los realizan el fitoplancton, que produce entre el 50 y el 85 % del oxígeno liberado en la atmósfera de la Tierra. [4] Puede entenderse en un área ubicada entre la zona intermareal hacia tierra adentro, menor a 100 km. [5] Su extensión aproximada es de 165.700.664 km2 [6] Materializan usos importantes del mar (Ver: https://coast.noaa.gov/vis/mmc_info.html) [7] La composición del sustantivo “Territorio” con el adjetivo “terrestre”, pueden inducir a pensar de que se trata de un pleonasmo, es decir, “(…) empleo en la oración de uno o más vocablos innecesarios para que tenga sentido completo, pero con los cuales se añade expresividad a lo dicho (…)” (RAE, 2019); sin embargo, no lo es. [8] Los conceptos derivados de la visión oceanopolítica “El Mar Equinoccial”, oficialmente constan en la Carta Didáctica del Territorio Marítimo del Ecuador (MIDENA & CANCILLERÍA, 2017) y en el “Libro Blanco” de la Defensa de 2018, (MIDENA, 2018) y en el ámbito académico en varias publicaciones inherentes al Mar Equinoccial y en los conceptos oficiales que promulgó la Armada del Ecuador a través de la Dirección General de Intereses Marítimos en 2018: “Conceptos oceanopolíticos y del espacio geográfico marítimo” (DIGEIM, 2018). [9] Tarea explícita consignada en el Decreto Ejecutivo Nro. 291, de 18 de enero de 2018, mediante el cual se creó el Comité del Limite Exterior de la Plataforma Continental Ecuatoriana, CLEPCE. [10] Por sus siglas en Inglés Commission on the Limits of the Continental Shelf, Comisión sobre Límites de la Plataforma Continental. [11] En el 2020 el concepto de los Intereses Marítimos, así como otros aspectos sustantivos respecto al mar, ya discurre como un importante documento de enseñanza en la “Guía de Conciencia Marítima y Cultura del Mar”, producto de un acuerdo interinstitucional entre el Ministerio de Educación y la Armada del Ecuador. [12] Ecuador adhirió a la Convención el 24 de septiembre de 2012, como el 163 Estado Parte. [13] Este acuerdo es administrado por la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos, que es uno de los órganos funcionales de la CONVEMAR, que se encuentra en Kingston, Jamaica. [14] Que es el nombre simplificado del “Acuerdo para la aplicación de las disposiciones de la Convención d
e 10 de diciembre de 1982 relativas a la conservación y ordenación de poblaciones de peces transzonales y poblaciones de peces altamente migratorias. Ecuador ratificó al Acuerdo mediante el Decreto Ejecutivo Nro. 1166, de 22 de agosto de 2016. [15] Los Jefes de Estado y de Gobierno y Altos Representantes se reunieron en la sede de la ONU, en Nueva York, entre el 25 al 27 de septiembre de 2015, durante 70 aniversario de la ONU, para acordar y firmar esta Agenda. [16] “Conservar y utilizar sosteniblemente los océanos, los mares y los recursos marinos”. [17] Son un conjunto de normas que se aplican a los desechos derivados de la actividad de los buques de transporte marítimo, tendientes a prevenir el riesgo de la contaminación marina. [18] Es uno de los más importantes acuerdos de los últimos años, en el esfuerzo de la humanidad para “reforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático, en el contexto del desarrollo sostenible y de los esfuerzos por erradicar la pobreza (…)”. [19] El objetivo de la CMMNUCC es “(…) es estabilizar las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera en un nivel que impida peligrosas injerencias humanas en el sistema climático en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurando que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitiendo que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible”. [20] Es un sistema jurídico y político creado para administrar y conservar a la Antártida como una región de paz y cooperación, sobre la base de que los países que hacen presencia en dicha región no tienen propiedad, ni soberanía, ni territorio, ni jurisdicción, ni derechos o ninguna función estatal en ella. Fue firmado el 1 de diciembre de 1959 en Washington y entró en vigor en 1961. En 1990, Ecuador, en la XI Reunión Consultiva del Tratado Antártico, fue aceptado como miembro Consultivo del Tratado Antártico, con voz y voto en las decisiones que se tomen en este contexto. [21] El Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente, denominado el Protocolo de Madrid de 1991. Ecuador es signatario; La Convención para la Conservación de las Focas Antárticas, CCFA, de 1998 y la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos, CCRVMA, firmado en Camberra en 1980, del cual, Ecuador es un país cooperante no adherente desde 2019. [22] Aprobado en el 36 periodo de sesiones de la Conferencia de la FAO, realizado entre el 18 al 23 de noviembre de 2009, en Roma, en virtud del párrafo 1 del Artículo XIV de la Constitución de la FAO, mediante la Resolución No 12/2009. Este Acuerdo entró en vigor el 5 de junio de 2016. Ecuador las ratificó el 04 de enero del 2019. [23] El código es voluntario, de aplicación global, dirigido a los miembros y no miembros de la FAO, a las entidades pesqueras, a las organizaciones subregionales, regionales y mundiales, tanto gubernamentales como no gubernamentales, y a todas las personas involucradas en la conservación de los recursos pesqueros y a la ordenación y desarrollo de la pesca. Pese a ser voluntario, está basado en la CONVEMAR y tiene efectos vinculantes con el Acuerdo de 1993 para Promover el Cumplimiento de las. Medidas Internacionales de Conservación y Ordenación por los Buques Pesqueros que Pescan en Alta Mar, el cual, según la Resolución No 15 /93, párrafo 3, de la Conferencia de la FAO es parte integral del Código. [24] Creada en el contexto de La Convención para la Conservación y Manejo de los Recursos Pesqueros de la Alta Mar del Pacífico Sur, que fue adoptada el 14 de noviembre de 2009, en la ciudad de Auckland, Nueva Zelanda. Ecuador ratificó dicha Convención, mediante el Decreto Ejecutivo Nro. 570, de 26 de enero de 2015. [25] Por sus siglas en Inglés de: Commission for the Conservation of the Antarctic Marine Living Resources. [26] Por sus siglas en Inglés de: West and Central Pacific Fisheries Commission. Que es una organización que cumple el respectivo mandato para la conservación y gestión de las poblaciones de atún y otras altamente migratorias en las zonas occidental y central del océano Pacífico. Pacífico [27] Desde el punto de vista de la visión marítima de Ecuador, la ciencia marítima es el principal interés marítimo, ya que éste es la percepción que tiene cada ecuatoriano y la Nación ecuatoriana en su conjunto, respecto a la importancia que tiene el mar para su vida, para su familia, para su profesión, para su bienestar y felicidad, para su futuro, entonces, cuanto más sienta que el mar es sustancial para su propia existencia, más consciente estará de que su desarrollo y supervivencia depende de él. [28] Oficialmente se presentó este principio en la exposición de motivos que realizaron los señores CPNV (SP) Humberto Gómez y CPCB (SP) Willington Rentería, en la Asamblea Nacional, ante la Comisión de Relaciones Internacionales, virtual, en Quito, el 31 de julio de 2020, fuente: https://www.flickr.com/photos/asambleanacional/albums/72157715314182167. [29] La Asamblea General de las Naciones Unidas encomendó a la COI, la misión de trabajar con todos los actores que estén interesados en diseñar un decenio de las ciencias oceánicas, para lograr el océano que necesitamos y queremos. [30] MDB es el acrónimo de Marinha do Brasil, que es Marina Militar de Brasil. [31] Es la visión oceanopolítica del Estado brasileño.
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